sábado, 13 de septiembre de 2008

BURGOS PRIMA VOCE

Entre los lambrequines que exornan el blasón de la Ciudad de Burgos pueden leerse, “desde siempre”, sus títulos mas honrosos: "CAPUT CASTELLAE", "CAMERA REGIA", "PRIMA VOCE", ET FIDE", es decir: Cabeza de Castilla, Cámara del Rey, Primera en la Voz y La más Fiel.

Este antiquísimo escudo, conocido ya en las antiguas crónicas como el “Caput,” aparece documentado en 1259 junto a otras distinciones como la de: “Quae Reges Peperit” (la que parió a los reyes), aunque el emblema es, a todas vistas, muy anterior, probablemente unido al rango de “Ciudad Permanente” alcanzado allá por el 884. La presencia en él de la figura del rey indica que Burgos ya era la sede de la Corte Castellana como Capital de Castilla, desde donde se administraba la Real Justicia y se acuñaba la moneda y la ciudad donde nacían, habitaban y se enterraba a los reyes.

La nominación como PRIMA VOCE, alude a la prerrogativa inmemorial que otorgaba a los representantes de la Ciudad el privilegio de ser los primeros en hablar en las Cortes, es decir, de ser la PRIMERA VOZ, y también de sentarse los primeros a la derecha del rey, de tal forma que aquellas sesiones comenzaban con la frase ritual pronunciada por el Soberano diciendo: “QUE HABLE BURGOS”.
Este derecho adquirido por Burgos, como Cabeza de Castilla, siempre fue codiciado por otras poblaciones del reino, y generó grandes controversias, sobre todo con Toledo, cuyos procuradores se enzarzaron en verdaderas luchas políticas por la preeminencia de esta potestad.

Ya en unas cortes convocadas por Alfonso XI, tiene el rey que dirimir estas diferencias, otorgando las sabidas palabras de: “HABLE BURGOS, QUE YO HABLARÉ POR TOLEDO", reconociendo de esta forma que los procuradores de la Cabeza de Castilla debían de pronunciarse incluso antes que el propio Rey. Según ha trascendido, esta cuestión ya entonces llegó a ser de extrema gravedad, siendo defendida la causa burgalesa por D. Juan Núñez de Lara, mientras que la toledana lo era por el propio infante D. Juan Manuel.

El hijo de Alfonso XI, el burgalés Pedro I, se ve también inmerso en esta controvertida cuestión, teniendo que reafirmar lo dispuesto por su padre en los siguientes términos rescatados de un acta de la época:
“SEPAN QUANTOS ESTA CARTA VIEREN COMO YO DON PEDRO, POR LA GRACIA DE DIOS REY DE CASTILLA, DE TOLEDO, DE LEON, DE GALICIA, DE SEVILLA, DE CORDOVA, DE MURCIA, DE JAEN, DE ALGECIRA E SEÑOR DE MOLINA; PORQUE FALLÉ QUE TOLEDO DE TIEMPO DE LOS REYES GODOS ACA, FUÉ E ES POBLADA DE CABALLEROS FIJOSDALGO DE LOS BUENOS LUGARES DE ESPAÑA, E NO LOS DIERON PENDON NI SELLO, E FUERON E SON MERCED DE LOS REYES ONDE YO VENGO, NIN HAN SINON EL MIO; E PORQUE LO FALLÓ ASSI EL REY DON ALFONSO MIO PADRE, QUE DIOS PERDONE, EN LAS CORTES QUE FIZO, E ERA CONTIENDA QUALES FABLARIAN PRIMERAMENTE EN LAS CORTES, POR ESTA RAZÓN TUVO ÉL POR BIEN DE FABLAR EN LAS DICHAS CORTES POR TOLEDO. E POR ESTO YO TUVE POR BIEN DE FABLAR EN LAS CORTES QUE YO AGORA FIZE AQUI, POR TOLEDO. DADA EN LAS CORTES A LOS NUEVE DIAS DE NOVIEMBRE . ERA DE MIL TRECIENTOS E OCHENTA E NUEVE. YO EL REY.
Como vemos esta real cedula no hace si no reafirmar el privilegio de Burgos de hablar en Cortes incluso antes que el propio Rey, reservándose él, el derecho de hablar por Toledo con posterioridad, incluso darles su pendón y su sello pues carecían de ellos, mientras que Burgos ya ostentaba en su blasón entre otros títulos el de Prima Voce.

La pretensión toledana siguió en el tiempo, así en 1760 en la coronación de Carlos III surge de nuevo la cuestión cuando los procuradores se determinaban a prestar juramento, teniendo que intervenir de nuevo el rey en los siguientes términos: “TOLEDO JURARÁ CUANDO YO LO MANDASE: JURE BURGOS”.
Ya en nuestros días, hay que reconocer que un diputado en Cortes por Burgos, el recientemente fallecido D. Juan Manuel Reol Tejada, intentó que se siguiese reconociendo este derecho de primacía en la voz, y aunque no se le otorgó por no estar así dispuesto en el reglamento de esta Alta Cámara, dejó por lo menos reflejado en acta este privilegio que Burgos ostenta desde tiempos inmemoriales.